¿Las nuevas leyes solucionan problemas?
¿En qué se basan para poder crear una nueva ley universitaria? ¿A quiénes beneficia? ¿Quiénes y cuántos son las personas que aprueban cada ley? ¿Identifican las ventajas y desventajas de una ley? Son algunas preguntas que seguramente rodean nuestro cerebro. La nueva ley universitaria N°23733 que aprobó la comisión de educación posee 16 capítulos y está a la espera de ser analizada en el pleno del congreso.
Según el artículo 65, la investigación es función obligatoria tanto de alumnos como el personal docente de las...
universidades. Una de las características de un centro de estudio superior es la investigación científica, sin embargo la ausencia de herramientas ya sea por falta de recursos u otras circunstancias, hace que no se pueda cumplir.
Así mismo señala que se evaluarán permanentemente la acreditación en cada universidad. Acaso ¿pretenden solucionar la falta de materiales para el desarrollo de las prácticas en cada carrera profesional, de cada universidad, para que esta ley sea efectiva y logre los objetivos que proponen?, o sólo su función es ejecutar y exigir a que se cumpla según la ley.
Por otro lado se habla que la presente ley va a logra una mejor calidad educativa, pero primero ¿no se debería de pensar, que entre la secundaria y la educación superior hay una relación trecha? y si hablamos que el examen de admisión debe de ser aplicado con un mismo cuestionario, con las mismas condiciones en todas las universidades. Sin embargo no se está tomando en cuenta que tan buena fue la educación primaria y secundaria de los estudiantes.
Por ello se debería de trabajar con la educación en común, ocupándose directamente con las Instituciones Educativas Públicas para equilibrar objetivamente al estudiante y así poder cumplir con las nuevas normas que está en la espera.
El congresista Daniel Mora señaló en una entrevista, que la inclusión de una nueva institución llamada SUNEU (Superintendencia Nacional de Educación Superior) al ministerio de educación es porque el órgano de la ANR (Asociación Nacional de Rectores) no ha sido capaz, de ejercer un control externo estatal, porque no goza de la imparcialidad que debe de tener un organismo público para actuar…”
Acaso, ¿Plantearan soluciones? ¿Reorganizaran a beneficio de las entidades públicas? O sólo van a observar para que emitan un informe indicando que estuvieron en tal o cual centro de estudios superiores. Incluyendo las conveniencias y el favoritismo en una de las partes, es decir es muy difícil que señalen al rector porque tienen algún parentesco. Además, que tengan sueldos muy pero muy considerables, ¿seguirán desarrollando con la misma metodología que la ANR, esa será su función?
La SUNEU va a formar parte del Ministerio de Educación (MINEDU) según la nueva ley deberá supervisar la calidad universitaria, fiscalizar el uso de recursos y autorizar la apertura de nuevas universidades. Las Instituciones Educativas son directamente administradas por el MINEDU ¿acaso la educación ha mejorado en el País? Entonces ¿cómo podrán administrar a las instituciones superiores públicas?
Por otro lado, como parte de la ley de transparencia, la universidad debe de publicar cuánto gana el rector, el vicerrector y cuánto gana un docente contratado porque no es posible que un docente universitario contratado tenga un sueldo menor que un educando de una Institución Educativa Pública.
El derecho a una educación superior de calidad, el desarrollo y la dinámica del avance en la ciencia y tecnología actual, son los principales objetivos de la nueva ley universitaria, que servirán para formar a unos profesionales de buena calidad, sin embargo se debe de analizar y debatir un poco más especificándose en cada artículo de la ley ya que tiene debilidades.
Como por ejemplo: En el caso de la autonomía universitaria, no está tan claro, porque siendo el Ministerio de Educación quien tendrá a su cargo a todas las universidades, éstas estarán sujetas a las decisiones de la SUNEU ya que estaría perdiendo su autonomía cada Institución Superior.
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